IG220 - PROGRAMA DE ADQUISICIÓN DE COMPETENCIAS PROFESIONALES EN MATERIA DE INTERNACIONALIZACIÓN (2018)
Finalidad / Objetivo
El objeto de estas bases es la convocatoria de 40 plazas para la capacitación de xóvenes profesionales en materia de internacionalización empresarial mediante formación práctica, con la finalidad de mejorar la empleabilidad y poner a la disposición de las empresas gallegas profesionales que les ayuden a mejorar su competitividad.
Tipos de apoyo
El procedimiento de concesión de estas plazas se tramitará en régimen de concurrencia competitiva.
Beneficiarios potenciales
1. Haber nacido a partir del 1 de enero de 1983.
2. Poseer la nacionalidad española y nacido en Galicia; ser nacional de un Estado miembro de la Unión Europea y nacido en Galicia o estar empadronado en un municipio de la Comunidad Autónoma de Galicia con dos años de antigüedad a la fecha de publicación de estas bases.
3. Estar en posesión de alguna de las siguientes titulaciones en la fecha en que finaliza el plazo de presentación de solicitudes:
a) Universitarias (licenciatura, diplomatura, ingeniería o grado): administración y dirección de empresas, ciencias del transporte y logística, ciencias económicas y empresariales, ciencias empresariales, ciencias políticas, comercio, comercio exterior, derecho, dirección y creación de empresa, dirección de empresas-BBA, dirección financiera y contabilidad, economía, ingeniería, estadística y empresa, marketing y dirección comercial, marketing e investigación de mercados, relaciones internacionales. U otras con distinta denominación pero de contenidos similares a las citadas.
b) Formación profesional: Técnico superior en comercio internacional.
c) Otras titulaciones universitarias no preferentes (licenciatura, diplomatura o grado) de otras temáticas con la condición de que se disponga además de título de máster en comercio internacional.
Los títulos obtenidos en el extranjero o en centros personales españoles deberán estar homologados por el Ministerio de Educación español antes de que finalice el plazo de presentación de solicitudes. Por lo que se refiere a los títulos de máster no se requiere que estén homologados.
4. Conocimientos de inglés (hablado y escrito).
Esta capacidad se acreditará mediante la realización de un examen en el que los aspirantes deberán demostrar como mínimo nivel B1 del marco común europeo de referencia para las lenguas.
Los aspirantes que no comparezcan o no alcancen el nivel mínimo B1 en la prueba de inglés quedarán excluidos del proceso de selección.
Opcionalmente, los candidatos, además de examinarse de inglés, podrán indicar en la solicitud hasta tres idiomas adicionales de los que quieran examinarse, a cara descubierta a tener más puntos en el baremo. Los idiomas adicionales disponibles son: chino, alemán, francés y portugués.
5. Estar dado de alta como demandante de empleo (o demandante de mejora de empleo) en el servicio público de empleo de Galicia, antes de la fecha de presentación de su solicitud de ayuda.
6. Cumplir los requisitos del art. 10 de la Ley 9/2007 de subvenciones de Galicia, para ser considerado beneficiario de subvenciones.
7. No tener desfrutado con anterioridad de una bolsa del Igape relacionada con la internacionalización empresarial. Quedarán también excluidos de la convocatoria aquellos solicitantes que fueran adjudicatarios de este tipo de bolsas en ediciones anteriores y que habían renunciado a ellas con posterioridad.
8. No tener desfrutado de una bolsa concedida por otros organismos distintos de Igape, relacionada con la internacionalización empresarial o con prácticas en empresas fuera de España. Se exceptúan las bolsas de estudios desfrutadas durante los años escolares o universitarios.
9. Estar al corriente de sus obligaciones tributarias estatales y autonómicas y de la Seguridad Social, así como no tener pendiente de pago ninguna otra deuda por ningún concepto con la Administración Pública de la Comunidad Autónoma.
Requisitos principales del proyecto
La duración inicial de la bolsa se establece en un máximo de doce meses contados desde la data de comienzo que para tal efecto fije la resolución de concesión. Y podrán ser prorrogadas por el Igape por un máximo de hasta doce meses adicionales en función de la necesidad de finalizar o completar una parte de la formación que ya hubiera comenzado o había estado a punto de comenzar.
La formación práctica se llevará a cabo en el extranjero y/o en Galicia (en oficinas del Igape o Junta, oficinas comerciales de España en el exterior, cámaras de comercio españolas en el extranjero, organismos multilaterales, organismos intermedios gallegos, centros de investigación, empresas y/u otros organismos en Galicia o en el extranjero), para realizar labores de investigación de mercados, estudio de empresas y su planificación para internacionalización e investigación de las posibilidades de cooperación internacional entre empresas gallegas y extranjeras.
Cualificación requerida del proyecto
Todos los aspirantes que presentaran su solicitud en plazo, serán convocados a pruebas eliminatorias de inglés y de los idiomas adicionales indicados en la solicitud (chino, alemán, francés y/o portugués), que constarán de una parte escrita y otra oral, en las fechas, horarios y lugares de realización que se comunicarán en el tablero de anuncios y en la página web del Igape, con un mínimo de cinco días de antelación y podrán celebrarse en cualquiera data a partir del día siguiente a la fecha de finalización del plazo de presentación de solicitudes. Las pruebas de idiomas tendrán lugar en Santiago de Compostela, corriendo por cuenta de la persona solicitante, si es el caso, los gastos de desplazamiento, estadía y mantenimiento.
Serán aptos los que demuestren un nivel mínimo B1 tomando cómo referencia el marco común europeo de referencia para las lenguas y, dentro de la calificación de apto se obtendrá una puntuación segundo el nivel máximo alcanzado (nivel B1, nivel B2 o nivel C1).
a) Prueba de inglés; nivel B2: 8 puntos; nivel C1: 10 puntos.
b) Resultado prueba de idioma adicional 1 (nivel B1: 8 puntos; nivel B2: 10 puntos; nivel C1: 15 puntos).
c) Resultado prueba de idioma adicional 2 (nivel B1: 8 puntos; nivel B2: 10 puntos; nivel C1: 15 puntos).
d) Resultado prueba de idioma adicional 3 (nivel B1: 8 puntos; nivel B2: 10 puntos; nivel C1: 15 puntos).
e) Formación específica de postgrado en comercio exterior (máximo 30 puntos en esta epígrafe). Obtendrá 5 puntos por curso completo de 140 a 299 horas (entre 14 y 29,9 créditos); 15 puntos por curso completo de 300 horas o más (30 o más créditos); 30 puntos por máster. En el caso de titulaciones universitarias no preferentes (art. 2.8), el máster en comercio exterior no puntúa por ser condición necesaria. Por lo que se refiere a esta formación puede exigirse por parte del Igape información adicional de su acreditación (información de la entidad que impartió la formación, temario curso, formadores...).
f) Otra formación de postgrado relacionada con la gestión empresarial (máximo 15 puntos en esta epígrafe). Obtendrá 2 puntos por curso completo de 140 a 299 horas (entre 14 y 29,9 créditos); 5 puntos por curso completo de 300 horas o más (30 o más créditos); 10 puntos por máster. Por lo que se refiere a esta formación puede exigirse por parte del Igape información adicional de su acreditación (información de la entidad que impartió la formación, temario curso, formadores...).
La suma total de estas puntuaciones será como máximo de 100 puntos.
Cuantía de las ayudas
Para la dotación (tanto para la dotación inicial cómo para la prórroga) se tendrá en consideración los índices del coste de vida de las distintas ciudades de destino de las bolsas, según criterios establecidos por el ICEX.
a) El importe máximo de subvención por becario es de 42.000 euros por un período de 12 meses o su parte proporcional en función del período de la bolsa. Las dotaciones variarán según el destino y el número de meses de estancia en Galicia y en el extranjero. De esta subvención se detraerán la correspondiente retención fiscal y la cuota por cotización a la seguridad social aplicables según la legislación vigente.
Se consideran incluidos dentro de la subvención -y dentro del límite máximo de los 42.000 euros- todos los gastos en que tenga que incurrir el becario para su desarrollo. La subvención incluye una cuantía semestral máxima de 1.000 euros por becario -que se revisará al término de cada semestre a efectos de nuevas dotaciones semestrales en función de la ejecución del semestre anterior y previa solicitud motivada del becario (en el anexo II)- en concepto de gastos de tasas de visado y gastos de desplazamiento a eventos, empresas o entidades distintas del destino asignado, relacionados con el objeto de la bolsa (avión, tren, autobús, hotel, taxi, aparcamiento, autopista, compensación por kilometraje), así como cursos de idiomas en el país de destino previa autorización del Igape. Estos importes serán abonados por el Igape al becario una vez sean autorizados por el Igape, realizados y correctamente justificados. Cuando el medio de transporte sea el vehículo particular, serán abonados los kilómetros recurridos la razón de 0,19 euros por Km recorrido. El desplazamiento mediante vehículo propio solo es posible en Galicia.
b) Gastos de desplazamiento: una vez incorporados a los destinos indicados en la resolución, en el caso de cambio de destino –mediante nueva resolución que implique más de un viaje de ida y retorno previstos en la dotación de la bolsa, en el período inicial o en el período de prórroga– el Igape aboará al becario los gastos de desplazamiento mediante avión, tren o autobús y gastos de hotel, previa presentación de los correspondientes justificantes de gastos (mediante facturas, billetes y/o tarjetas de embarque) hasta un máximo de 1.000 euros se es el incluso continente y 1.500 euros se se traslada la otro continente. Estos importes –al ser circunstancias excepcionales– no están incluidos dentro del límite máximo de la bolsa.
Plazo de presentación de solicitudes
El plazo de presentación de solicitudes será de un mes a partir del día siguiente al de la publicación de esta resolución en el Diario Oficial de Galicia.
Incompatibilidades
Las bolsas otorgadas son incompatibles con cualquiera otra bolsa o ayuda de similares características, así como con cualquier relación laboral o de prestación de servicios remunerada del becario. Asimismo, son incompatibles con la percepción de prestación o subsidio por desempleo.
Referencia legislativa
Resolución del 13 de abril de 2018 (DOG Nº80 del 25/04/2018) - Bases reguladoras
Resolución del 13 de abril de 2018 (DOG Nº89 del 09/05/2018) - Corrección de errores
Información y tramitación
Información: 900 81 51 51
Dentro del plazo establecido en la convocatoria para presentar la solicitud, los interesados deberán cubrir previamente un formulario descriptivo de las circunstancias del solicitante a través de la aplicación establecida en la dirección de la internet http://www.tramita.igape.es
Una vez generada la solicitud, deberá presentarse preferiblemente por vía electrónica a través del formulario de solicitud normalizada con el IDE (anexo I), accesible desde la sed electrónica de la Xunta de Galicia, https://sede.xunta.gal. Opcionalmente, se podrán presentar las solicitudes presencialmente en cualquiera de los lugares y registros establecidos en la normativa reguladora del procedimiento administrativo común.
Los solicitantes que presenten la solicitud por vía electrónica deberán poseer un certificado digital en vigor bajo la norma X.509 V3 válido.
Las personas interesadas deberán acercar con la solicitud a siguiente documentación:
a) Acreditación de los requisitos mínimos.
1º Currículo vitae.
2º Copia del pasaporte en caso de que el solicitante sea extranjero y no tenga el número de identificación de extranjería (NIE).
3º Vida laboral de la persona solicitante posterior a la fecha de publicación de las bases en el DOG.
4º Resguardo de tener pagadas las tasas para la obtención del título de estudios universitarios alcanzado segundo el expresado en el artículo 4.5, en defecto del título. La formación deberá estar finalizada antes de la fecha de presentación de la solicitud.
b) Acreditación de los requisitos baremables:
1º Acreditación, si es el caso, de la formación específica de postgrado en comercio exterior segundo el expresado en el artículo 9.3.y): Copia del certificado de realización de un curso completo en el que conste el número de horas o créditos del curso. El curso deberá estar finalizado antes de la fecha de presentación de la solicitud.
2º Acreditación, si es el caso, de otra formación de postgrado segundo el expresado en el artículo 9.3.f): Copia del certificado de realización de un curso completo en el que conste el número de horas o créditos del curso. El curso deberá estar finalizado antes de la fecha de presentación de la solicitud.
3º Acreditación, si es el caso, de la formación práctica en el extranjero segundo el expresado en el artículo 9.3.g): Copia del certificado en el que consten las fechas de inicio y fin de la formación o el número de meses de duración de la misma.